lunes, 23 de marzo de 2015

CONTRA las REBAJAS en TELEFÓNICA,
HUELGA
de SUBCONTRAS y AUTÓNOMOS a
partir del
28 de MARZO
Convoca: Técnicos TELEFÓNICA de MADRID
(subcontras y autónomos)

CALENDARIO LABORAL 2015

Como lo indicáramos en una de nuestras últimas notas, la Sección Sindical de CCOO en DOMINION NETWORS y la Federación de Industria, han valorado la situación surgida con la imposición de el Calendario Laboral del presente año.

Siendo ésta la primera vez desde que existe representación sindical en ésta zona -año 2006- en la que nos quedamos sin un Calendario Laboral negociado y acordado con la empresa de turno, lo mas importante que surge de ésta situación, es a nuestro juicio la violación del Convenio del Metal y del propio Pacto de Empresa vigente.

Antendiendo a ésta valoración, ésta representación sindical resuelve denunciar a la empresa frente a la Inspección de Trabajo.

La empresa es la principal responsable de ésta situación y, como nos comprometimos en mayo del año pasado, defenderemos los intereses de los trabajadores que se vean afectados por este tipo de situaciónes.

Por la Sección Sindical de CCOO


Eduardo Suárez / Paco Merino.

lunes, 16 de marzo de 2015

TRABAJOS en ALTURA.

NOTA de la SECCIÓN SINDICAL de COOO en DOMINION NETWORKS
INFORMACIÓN sobre PREVENCIÓN y RIESGOS LABORALES
El pasado tres de febrero mantuvimos una reunión conjunta, la Sección Sindical de CCOO en DOMINION NETWORS (E.Suárez y P.Merino), la Inspección de Girona, el técnico del Centro de Seguridad y Salud de Girona y las asesoras de la Federación de Industria de CCOO de Girona.
Esta reunión fue solicitada por la Sección Sindical, una vez que la empresa nos hizo llegar los Procedimientos de PRL elaborados a esa fecha y de que la Inspección y el Técnico del Centro tuvieran los mismos.
Haciendo una breve síntesis de la reunión, que duró varias horas, hicimos llegar nuestros aportes a los Procedimientos presentados por la empresa y los fundamentos en las cuestiones en las que no estábamos de acuerdo con la misma.
Pero lo que queremos destacar fundamentalmente, es que ha habido en dichos Procedimientos, importantes cambios en la elaboración en sus contenidos, por parte de DOMINION. El cambio sustancial radica en que ante una orden de servicio o una avería donde se tenga que acceder a “alturas”, el técnico NO es quien decide qué equipo debe utilizar para realizar el trabajo, sino que será el Departamento de Prevención de la empresa. El segundo cambio importante y sustancial es que determina una relación de los equipos a utilizar: cesta elevadora, escalera y trepolines. De estos tres equipos, queda absolutamente claro, que el más seguro es la cesta elevadora, por lo que su implantación en las actuaciones de los técnicos, se verá muy pronto.
Por otra parte, la empresa está elaborando una aplicación informática para que las actuaciones sean llevadas a cabo con eficiencia y con claridad en su procedimiento, lo que sin lugar a dudas redundará, en la seguridad de los trabajadores.
Es evidente que NADA hubiera sucedido sino hubiéramos hecho en su momento – van a ser dos años- la denuncia general sobre el tema del uso de las escaleras. Lento todo pero de una actuación y compromiso a nuestro juicio, de la Inspección de Trabajo y del Centro de Salud Laboral, que queremos también destacar.
En otro momento, porque ahora no cabe hacerlo, analizaremos las actuaciones del Dto de Prevención de DOMINION, de sus directivos y también de FREMAP que, siempre a nuestro juicio, sus actuaciones sí nos merecen los mas serios reparos.
Queremos destacar además que, la Evaluación de Riesgos y los Procedimientos de trabajo, no sólo son de obligado cumplimiento para la plantilla de DOMINION NETWORKS, sino para toda la subcontratación, sea esta en modalidad empresa o autónomos.
 Otro capítulo que hablaremos mas adelante, es lo que implicará para TELEFONICA la finalización de éste proceso ligado a la Prevención y Riesgos Laborales qué, por otra parte, plantearemos a los trabajadores y a sus representantes en el Comité de Seguridad y Salud, cuando lo entendamos oportuno.
No acaba esto con la implantación de estos nuevos Procedimientos y con las aplicaciones informáticas. A partir de la información a todos los trabajadores de ésta nueva situación, nuestra tarea será la VIGILANCIA del cumplimiento por parte de la empresa, de los mismos.
Para finalizar la nota, queremos indicar que en nuestro sector, no existen antecedentes de un proceso igual o similar. Es decir, se implantará una serie de Procedimientos en Prevención y Riesgos Laborales, únicos hasta el momento.
Estaremos además en la tarea –también hace ya varios años- de difundir todo lo que vayamos logrando como avance, en las condiciones laborales y esto una vez concretado, lo será sin lugar a dudas.
Luego de nuestra reunión, la Inspección cito a la empresa para terminar de definir los Procedimientos, por lo que muy pronto finalizará todo éste proceso que, como decíamos se van a cumplir ya dos años de su inicio.
Por la Sección Sindical de CCOO ,

Eduardo Suárez / Paco Merino

lunes, 12 de enero de 2015

CESIÓN ILEGAL

Las denuncias por cesión ilegal de empleados caen por miedo al despido
Los expedientes abiertos por la Inspección de Trabajo caen un 38%
STEFANIA GOZZER ARIAS Barcelona 11 ENE 2015 - 00:54 CET

La crisis ha hecho caer el número de denuncias por cesión ilegal de trabajadores —cuando una empresa pone sus empleados a disposición de otra sin ser una Empresa de Trabajo Temporal (ETT)— un 38% en los últimos cuatro años pese a que, según los sindicatos, se trata de una práctica al alza.

La Inspección de Trabajo solo abrió 28 expedientes por estas faltas en Cataluña en 2014 frente a los 74 iniciados en 2010. El temor al despido —y a quedarse en paro cuando ya hay 576.000 desempleados registrados—, la generalización de las externalizaciones y la ausencia de campañas de detección son los motivos por los que la Administración sanciona esta infracción con menor frecuencia y los empleados la toleran cada vez más, afirman los sindicatos CC OO, UGT y fuentes de la propia Inspección de Trabajo.

Una compañía puede encargar a otra un servicio que realizaba anteriormente con personal de su propia plantilla siempre que esta última no deje de comportase como un empleador y se limite a proveer personal, algo que prohíbe el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores, que trata sobre la cesión de trabajadores.

Las empresas usuarias pagan menos, sin costes ni responsabilidades”
Esto solo lo puede hacer una ETT”, recuerda Consuelo Chacartegui, profesora de Derecho del Trabajo de la Universitat Pompeu Fabra. Una opción menos barata, ya que la ley obliga a pagar a los trabajadores contratados a través de estas agencias el mismo sueldo que uno de plantilla. A esto se suma que la crisis ha eliminado una de cada cuatro ETT en Cataluña y que estas son más complejas de montar que una subcontrata. Requieren de una autorización específica y una garantía financiera de 25 veces el salario mínimo en cómputo anual.

En Girona, el inspector que se presentó a finales de 2013 en la sede de Dominion S. A. —empresa que realiza instalaciones para Telefónica— encontró a un técnico que, pese a llevar cuatro meses despedido, iba vestido con ropa de la firma, conducía uno de sus vehículos y retiraba material de sus almacenes.


Este trabajador incluso recibía encargos a través del sistema informático que utilizaba antes del cese, reconocido como improcedente por la propia Dominion según el acta de Inspección.

Lo que sí había cambiado era que constaba como trabajador de la subcontrata Globalred Instalaciones y ganaba entre 700 y 900 euros mensuales menos, según cálculos de CC OO. Estaba registrado en una categoría laboral menor, le prorrateaban las pagas extra y ya no cobraba las guardias, los pluses ni las dietas. Su faena era la misma que la de sus antiguos compañeros, que sí conservaban estos beneficios. La empresa fue multada el año pasado por un total de 16.251 euros.

La gran beneficiada es la empresa usuaria: paga salarios inferiores, no se hace cargo de los costes de despido ni contratación y se libra de responsabilidades”, afirma Chacartegui. A su vez, “a la contratista le resulta rentable porque su única actividad es ceder mano de obra”. Los perjudicados son los empleados: “Son los grandes perjudicados: surge una doble escala salarial, la plantilla oficial adelgaza porque es más cara y esto hace más difícil crear órganos de representación de los trabajadores”, detalla.

La responsable de asesoramiento de CC OO, Luisa Montes, coincide con la catedrática en que los trabajadores denuncian menos porque prefieren un empleo precario y en condiciones irregulares antes que el paro: “Junto al falso autónomo, esta es una de las figuras que más ha crecido tras la reforma laboral. Se está extendiendo a todos los sectores y a empresas de todos los tamaños”. El secretario de política sindical de UGT, Camil Ros, considera que “la principal razón es que el Cuerpo de inspectores no es suficiente y hay poca voluntad política para investigar”.

Se vigila más a parados que a empresas, dicen los inspectores
Fuentes de la Inspección admiten que este fraude “nunca se ha perseguido de forma planificada porque antes no había tanta externalización” y que, “ante la proliferación de empresas de servicios, estamos en el escenario donde hace falta investigar más que nunca”.

La Unión Progresista de Inspectores de Trabajo (UPIT) acusó a finales de noviembre al Gobierno central de “sesgo ideológico” por centrar los objetivos del Cuerpo en los controles de empleo “bajo la óptica de la criminalización de los desempleados y extranjeros en situación irregular”.

La agrupación denunció en un informe que se estaba “poniendo el acento en los trabajadores perceptores, en clara situación de necesidad, y no en sus empleadores, empresarios que se aprovechan de esa necesidad”.

Uno de estos fraudes desatendidos es precisamente el de la cesión ilegal, sostiene un portavoz de la UPIT, que añade como obstáculo la “aceptación social” de la externalización por parte de compañías, Administraciones —muchas han sido sancionadas por esta práctica—, sindicatos y los propios inspectores.

No hay presión social porque, pese a que los afectados pueden denunciar y exigir ser admitidos en plantilla, no lo hacen hasta que son despedidos. Además, no es una infracción muy conocida. Cuando la detectas, sueles tener que explicar qué es y la gente se sorprende”, afirma el portavoz.

Los informáticos, los más afectados

Ni sindicatos ni inspectores dudan a la hora de señalar el sector más afectado por la cesión ilegal de trabajadores: el de la informática. Un ejemplo emblemático es el de Hewlett Packard (HP), con sede en Sant Cugat del Vallès (Vallès Occidental).
HP Outsourcing y HP Consultoría y Aplicaciones, dos de sus siete sociedades en España, fueron sancionadas en 2013 con 96.250 y 86.250 euros respectivamente por contratar cada una a una treintena de empleados a través de un total de 17 empresas.
Los trabajadores —la mayoría, programadores— hacían la misma labor que la plantilla “de forma integrada en la estructura organizativa” de HP, que no hacía “distinción entre el personal directo y externo”, según las actas levantadas por la Inspección de Trabajo.
La tecnológica controlaba su organización, horarios y vacaciones, algo que era competencia de las contratas. La compañía ha recurrido las sanciones por vía judicial. CC OO denuncia que al menos HP Outsourcing continúa cometiendo este fraude pero que no puede acudir a la Inspección hasta que haya una sentencia.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2015/01/10/catalunya/1420916172_146008.html

lunes, 15 de diciembre de 2014

SUBCONTRATACIÓN

¿ Un cambio radical ?

Ante de finalizar el año queríamos dar nuestra opinión y nuestra reflexión sobre una decisión de la empresa y que a nuestro juicio nos parece muy positiva.
Nos referimos a la contratación de plantilla propia, que se inicia e implementa a los inicios del mes de julio.
Calificamos ésta decisión, como “histórica”, en sentido positivo, es una EXCELENTE resolución. Aunque hayan pasado ya algunos meses -quisimos esperar la evolución de tal decisión-, queremos FELICITAR expresamente, a la empresa.

Puede parecer exagerada nuestra calificación del hecho, pero la analizaremos un poco a modo de entender nuestra felicitación y otro poco para, como decíamos al principio, hacer algunas consideraciones.

En primer lugar, estamos en medio de una crisis económica brutal, el empleo ha sido escaso ya no sólo en nuestro sector sino a nivel nacional.
Pero en el nuestro, que una empresa incorpore plantilla propia, sí que es una sorpresa. Una muy grata sorpresa. Hay que entenderla e interpretarla.
La argumentación principal -al menos es lo que manifiestan- también es un poco insólita: dicen que para cubrir la demanda de una Campaña de TELEFONICA. La razón de ser durante muchos años, de la subcontratación era para cubrir en situaciones puntuales, las campañas de TELEFONICA. Es mas, es lo que han hecho desde que se hicieron cargo en abril del 2012 de Girona, y lo han llevado al extremo, destruyendo 30 puestos de trabajo.

Hacia el final del 2013 y a lo largo de 2014 es visible el gran aumento del volumen de trabajo y del nivel de subcontratación, visto fundamentalmente en lo referente a la Fibra Óptica. Podemos sin ninguna duda afirmar, que mas del 90 por ciento de todo el volumen que ha generado la Fibra Óptica, está subcontratado.

Hace unos meses dábamos a conocer la resolución de la Inspección de Trabajo, primero, y luego del Dto de Trabajo, sobre el fraude en la subcontratación, ha través de la Cesión Ilegal, hechos cometidos a mediados del 2013. Tenemos la plena certeza y convicción, a la que llegamos, analizando la evolución de la subcontratación con el ingreso del volumen de trabajo en la Fibra Óptica, que a ciertos niveles, el fraude continúa y se agravó durante éste tiempo.

Hasta que llegó el “cambio radical”.

Es “radical” porque la empresa desarrolló su modelo de aumento de la subcontratación a través de su política PREPOTENTE. Impuso mas subcontratación, la perfectamente legal (siendo ésta las excepciones) y la fraudulenta (Cesión Ilegal); “radical” porque da marcha atrás – algo similar a lo que hizo con las sanciones y que reconocemos como una buena decisión haber rectificado-, incluso, cuando su modelo empresarial le había permitido reducirsus pérdidas considerablemente, pasando a obtener ganancias. ¿Entonces porqué cambiar?

Aunque cada unos sacará sus conclusiones, la nuestra está absolutamente clara: las DENUNCIAS por Cesión Ilegal han llegado a las esferas de dirección mas altas, y éstas han intervenido. No sabemos si por convencimiento, o porque no estaban informadas de lo que venía y viene sucediendo, o porque al verse expuestos a nuevas sanciones, quieren evitarlas o al menos minimizarlas.

Si realmente la empresa mantiene en el tiempo su decisión, sí que será un cambio de modelo, para asumir el actual aumento de trabajo. Principio quieren las cosas, por lo que dejaremos ésta parte del tema por aquí.

Cuando iniciamos las reuniones con el representante sindical unitario en el mes de junio, lo pusimos al tanto no sólo de lo que habíamos realizado hasta el momento, sino lo que haríamos en los meses siguientes.

De los temas conversados comentamos dos vinculados a la Cesión Ilegal. Una era la ilegalidad con todas sus letras que se estaba cometiendo con un trabajador en particular. Manifestamos que si ésto no cambiaba seguramente caería una inspección de trabajo y las consecuencias para la empresa serían fatales. Unos meses después ésta situación se corrigió y en esto a nuestro juicio también jugó un papel importante nuestro Representante Sindical .
El otro tema eran las gestiones qué, como Sección Sindical haríamos y que finalmente realizamos. Primero, abrir un paréntesis en las denuncias, ante éstas gestiones, y luego veríamos a ver que como seguiríamos con el tema. Lo segundo fue solicitar una reunión con la empresa, pero no a nivel local, sino a nivel de la Federación de Industria de Catalunya. Si ésta no prosperaba, solicitaríamos la mediación de la Inspección de Trabajo. También lo hicimos.

Los resultados de ambas gestiones han sido negativos. La empresa se ha negado a reunirse con la Federación de Industria de CCOO y ha rechazado la mediación de la Inspección de trabajo.
Se han perdido dos espacios importantes de diálogo y negociación por la negativa de la empresa.

La incorporación de plantilla propia es como decíamos al principio, una gran decisión positiva por parte de la empresa. Pero ésto no elimina la Cesión Ilegal y la incorporación de Falsos Autónomos. El 80 o 90 por ciento de la actividad de FTTH y de cobre, está en manos externas y una parte importante se lleva a cabo, a nuestro juicio a través de la Cesión Ilegal.

La Cesión Ilegal no sólo perjudica a la plantilla propia. Perjudica incluso a las subcontratas que hacen la cosas LEGALMENTE, por que la Cesión acaba por ser una competencia desleal. Si una cumple con toda la legalidad y otras se la saltean, las que incumplen pueden seguir bajando sus costos.

La política de TELEFONICA en reducción de los precios seguirá profundizándose, ahorcando mas y mas a las empresas principales y éstas a la subcontratación. Seguramente en mayo de 2015, TELEFONICA nos depare alguna sorpresa. ¿Cómo lo resolverá DOMINION? ¿Siguiendo expulsando plantilla propia y subcontratando, de modo fraudulento una parte de ella, o extendiendo el fraude a toda la subcontratación ?

Pero la Cesión Ilegal no es la única situación que a nuestro juicio, deviene de la subcontratación. La precariedad trae condiciones de trabajo cada vez mas extremas. Una de ellas es el INCUMPLIMIENTO de la PREVENCION en SEGURIDAD de los trabajadores. Esto se lo hemos advertido varias veces a la empresa y ésta, mira para otro lado. Y cuando ocurra algún accidente que no se pueda ocultar, recurrirán primero a echar la culpa al trabajador subcontratado. Pero no hay que olvidar la responsabilidad subsidiaria y la que la ley (PRL) le exige a las empresas que tienen subcontratación; el deber de vigilancia de cumplimiento de la legalidad. Hoy DOMINION hace un cumplimiento de “papel”. Haciendo firmar papeles y papeles a la subcontratación, todos o casi todos por obligación de TELEFONICA y para sacarse las responsabilidades si ocurre algo grave.

Por ésto seguimos creyendo en la negociación con los trabajadores para dar soluciones a una de las principales situaciones que nos afectan. Dilatar esto quizás le salga bien. Dejar en manos de la suerte la seguridad de los trabajadores, quizás le salga bien. Pero esto no será por siempre. Es incluso hasta una cuestión de probabilidades.

Por eso volvemos a llamar públicamente a la empresa para crear un espacio de negociación sobre éste tema y encontrar las soluciones a través del diálogo con los trabajadores.

SALUDOS

Por la Seccion Sindical de CCOO 

Eduardo Suárez / Paco Merino


miércoles, 26 de noviembre de 2014

Ferit greu en caure d´una escala a Ripol

Va rebre un fort cop al cap i per això, un helicòpter medicalitzat del SEM el va evacuar fins al Trueta

25.11.2014 | 08:00
L´helicòpter medicalitzat que va evacuar la víctima al Trueta.
L´helicòpter medicalitzat que va evacuar la víctima al Trueta.
Ferit greu, així és com va acabar un home de 35 anys mentre treballava per arreglar una línia telefònica de Ripoll. L'home es va precipitar des d'una escala des d'una alçada d'uns quatre metres. Va rebre un fort cop al cap i per això, un helicòpter medicalitzat del SEM (Sistema d'Emergències Mèdiques) el va evacuar fins a l'hospital Josep Trueta de Girona en estat greu.
L'accident laboral va tenir lloc quan passaven pocs minuts de les onze del matí. En aquell moment, l'operari de telefonia es trobava enfilat en una escala i estava ?arreglant una línia que ?havia ?quedat malmesa a l'avinguda Comte Guifré. Per causes que es desconeixen, va precipitar-se d'uns quatre metres d'alçada.
Tot i el fort impacte, no va perdre el coneixement en cap moment i els metges del SEM el van evacuar cap al centre hospitalari. Al lloc dels fets, a banda del SEM també s'hi va desplaçar la Policia Local de Ripoll, que van auxiliar el treballador.
Es dóna el cas que l'home que va patir l'accident laboral estava solucionant una avaria a la zona del Pla de Sant Pere de Ripoll que s'havia produït després que cap a les sis del matí un camió ploma hagués trencat un dels pals telefònics en topar-hi. En aquest accident, no es va lamentar cap ferit.
http://www.diaridegirona.cat/comarques/2014/11/25/ferit-greu-caure-duna-escala/698675.html




lunes, 24 de noviembre de 2014

JUICIO IOAN CIULS

NOTA de la SECCIÓN SINDICAL de CCOO en DOMINION NETWORKS

El pasado jueves se celebró el juicio por la demanda que realizó el trabajador Ioan Ciuls contra DOMINION, a raíz del cambio de puesto de trabajo.
Para entender cómo se logra a lo que finalmente se llega –acuerdo entre partes- hay que conocer la actitud de Juez, que a nuestro juicio fue preponderante para el resultado obtenido. Para no extendernos demasiado, diremos que gracias a los cuestionamientos del Sr. Juez y su extrañeza de porqué no se había llegado a un acuerdo entre las partes, le indica a la abogada de la empresa si ésto es posible.
La misma le dice que no lo ve viable y que la empresa, lo que no quería fundamentalmente, era pagar el importe demandado por el trabajador (un importe exiguo). Ante la insistencia del juez y sumada las condiciones que puso el abogado del trabajador, se llega finalmente a un acuerdo.
El mismo consiste en que el trabajador recuperará su puesto de trabajo a partir del 01 de enero. También se acordó -esto es fundamental- que ante la eventualidad de que se necesitase nuevamente en el Almacén personal, por cuestiones de producción, ésta situación NO recaiga en un sólo trabajador sino como mínimo en séis. Por lo tanto será de carácter rotatorio. Pero además queda claramente establecido que los trabajadores que realicen esa actividad NO se les quitará el vehículo.
Es muy poco usual que desde un Juzgado se le imponga a una empresa un criterio de éste tipo -organizativo- que, sólo es entendible por la intervención del juez.
El trabajador logra así y ante una empresa que una vez mas utilizó su poder empresarial para perjudicar a un trabajador, recuperar su puesto de trabajo, con todo sus derechos y además, con las garantías acordadas y firmadas por las partes y por el propio juez.
Nada hubiera sido posible si el trabajador se hubiera cruzado de brazos y no hubiera ejercido sus derechos. Por otra parte para obtener éste acuerdo el trabajador renuncia al reclamo económico que había solicitado a la empresa.
Esperamos que el compañero Ioan Ciuls recupere pronto su salud y pueda reintegrarse a la actividad laboral.
Sección Sindical de CCOO de DOMINION NETWORKS
Eduardo Suárez / Paco Merino




lunes, 29 de septiembre de 2014

A los TRABAJADORES de DOMINION NETWORKS:


NOTA de la Sección Sindical de CCOO 
de DOMINION NETWORK

Queremos reflexionar sobre la resolución – a principio de junio- de la empresa, en cuanto al traslado del puesto de trabajo de Ioan Ciuls.

En primer lugar debemos decir que hemos esperado un tiempo prudencial, debido fundamentalmente, para permitir que nuestro Representante Sindical, pudiese realizar las gestiones que considerase oportunas.

En principio éstas gestiones no han dado resultado alguno, aunque seguramente no estén acabadas las mismas.

Sin perjuicio de ésto último, decimos lo siguiente:

La empresa recurre a una de sus potestades -en teoría- que refiere a la modificación del puesto de trabajo de un trabajador; hasta aquí nos guste o no, sería ésto parte de un conjunto de normas que la ley les permite. Para hacerlo debe expresar con toda claridad los motivos, no cualquiera vale.

Por otra parte la misma normativa establece una serie de requisitos que amparan al trabajador. Es evidente que, pongamos un ejemplo, un “mando” cualquiera de cualquier empresa, decide emprenderla contra uno de ellos, sea porque no le gusta su cara, su color, su actividad sindical, sus opiniones, etc, etc, la ley ésto NO lo permite. Es en parte una cierta GARANTÍA, contra cualquier acto DISCRIMINATORIO contra ese trabajador o a un conjunto de ellos. Incluso, ya en otras normativas, la ley castiga la persecución o el acoso cuando éste ocurre.

Ciertas empresas, empresarios o mandos, cuando quieren emprenderla contra un trabajador, utilizan las normativas legales para ocultar, sus verdaderos motivos. Miles de casos a lo largo de la historia de la relaciones laborales, dan fe de ello, sobretodo cuando pasan dichos casos, a la órbita judicial.

Estamos absolutamente convencidos que estamos frente a una clara actitud DISCRIMINATORIA contra el trabajador Ioan Ciuls.

Nos gustaría expresar todos los elementos que a nuestro juicio, fundamenta nuestro convencimiento. Pero éstos los volcaremos una vez transcurrido el juicio en primera instancia, al que el trabajador a recurrido, al amparo de sus derechos como tal.
Lo haremos después porque seremos parte, como testigos, de la DEFENSA del compañero.
Contamos con ciertos elementos, que sólo los volcaremos en esa instancia y luego sí los haremos públicos a modo de reflexión.

Independientemente de ello, llamamos a la empresa a que reconsidere la situación laboral del trabajador I.Ciuls. La empresa ha dado muestras -sobretodo cuando sancionó a un grupo de trabajadores por supuestas violaciones en Seguridad y Prevención- que es capaz de rever sus resoluciones y dejarlas sin efecto.

UN SALUDO.
Por la Sección Sindical de CCOO

Eduardo Suárez / Paco Merino













lunes, 25 de agosto de 2014

NUEVOS TRABAJADORES en DOMINION NETWORKS

Desde éste BLOG de la Sección Sindical de CCOO en la empresa
 DOMINION NETWORK os damos la BIENVENIDA.

COMPROMETIDOS en la DEFENSA de los DERECHOS de los TRABAJADORES,
del CONVENIO del METAL de Girona  y del Pacto de Empresa (2011), nos ponemos 
a vuestro servicio para cualquier consulta o duda que tengáis.
Os haremos llegar sus principales contenidos para vuestra información. 

UN AVANCE de éstos:

Jornada y Horario Laboral: de lunes a viernes de 8 a 17 hrs
(Convenio del Metal)

Sábados,Domingos y Festivos en el Sector Provisión se paga el punto a 9 euros.
(Pacto de Empresa)

Por la Sección Sindical de CCOO de Girona,

Eduardo Suárez / Paco Merino

CONTRA la PREPOTENCIA.... los trabajadores se DEFIENDEN !!

El juez declara ilícita la rebaja salarial de una empresa hasta el salario mínimo
Fuente: EL PAIS del 11/03/2014

El juzgado de lo Social número 16 de Barcelona ha estimado que la rebaja salarial hasta el Salario Mínimo Interprofesional impuesta de forma unilateral por la empresa IMESAPI a sus trabajadores en agosto de 2013 es “injustificada”, sin causas objetivas, “ilícita y contraria a derecho”. El juez, que subraya la falta de voluntad negociadora de la empresa, obliga a la empresa a pagar a los ocho trabajadores afectados la diferencia entre el SMI y sus anteriores sueldos (entre 11.500 y casi 17.000 euros) y a indemnizarles con mil euros a cada uno en concepto de daños morales. La defensa, que ha llevado el abogado Jordi Juan, del Col.lectiu Ronda, pedía 90.000 euros para cada uno. El juez también declara “vigente” el convenio colectivo (y sus tablas salariales) anterior a la rebaja. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

En agosto pasado, ocho trabajadores de la empresa IMESAPI, que pertenece al grupo ACS (los empleados pertenecían a la firma Auditel y fueron subrogados por IMESAPI al ganar un concurso para Telefónica) y se dedica al mantenimiento de cabinas telefónicas, vieron como de la noche a la mañana la dirección les rebajó el sueldo de los 3.000 euros brutos que cobraban de media hasta los 645,3 euros que fija Salario Mínimo: una rebaja del 75%. La empresa dio el convenio colectivo por caducado sin negociar con los representantes de los trabajadores (pese a que lo requirieron hasta tres veces y lo denunciaron ante la Inspección de Trabajo) y pese a una cláusula que preservaba la vigencia más allá de su caducidad hasta que no hubiera un nuevo acuerdo. El convenio había caducado en 2012 y, como es preceptivo, los empleados lo denunciaron con el objetivo de comenzar las negociaciones para acordar uno nuevo, incluso elaboraron y así lo comunicaron, la preceptiva plataforma de negociación. La decisión unilateral de la dirección llegó cuando finalizó el periodo de ultractividad de un año, como establece la Reforma Laboral: de hoy para mañana las relaciones laborales de la empresa pasaron a depender de las condiciones de mínimos que fija el Estatuto de los Trabajadores.

El juez califica de “deliberadamente rebelde” la actitud de la empresa al hacer oídos sordos a las peticiones de negociación, hasta el punto de concluir que “constituye una vulneración al derecho a la libertad sindical en su vertiente del derecho a la negociación colectiva”. Entiende que la empresa ha actuado “con menosprecio de toda negociación” y cree que “no existe justificación alguna” ni de la reducción salarial ni de la negativa a negociar “a pesar de los requerimientos de los trabajadores en múltiples ocasiones haciendo caso omiso a sus comunicaciones”. En el capítulo de los fundamentos de derecho insiste en que la dirección no contestó “ni tuvo intención de sentarse a negociar” y que “no es de recibo” que alegara falta de tiempo y que “por toda alegación” afirmara que “estaba ocupada en otras cuestiones”.

El abogado que ha llevado la defensa de los trabajadores, Jordi Juan, subraya de esta sentencia “que acredita la mala fe de la empresa y demuestra el fracaso de la Reforma Laboral que se nos vendió como un instrumento para facilitar la negociación colectiva, cuando en realidad abre la puerta a medidas unilaterales”. “La sentencia muestra los desequilibrios entre empresarios y trabajadores, a favor de quien está redactada y que en realidad es una instrumento para bajar salarios”, opina el abogado.

IMESAPI, que ganó la concesión para mantener las cabinas públicas de la provincia de Barcelona en mayo de 2012, había actuado anteriormente de la misma forma con su plantilla en el País Vasco, donde también obtuvo una sentencia contraria a la decisión de dar por finiquitado el convenio. Antes de dictar sentencia, el juez ya había aceptado como medida cautelar el restablecimiento del convenio en febrero, una medida que atenuaba la situación de los trabajadores, que durante seis meses han cobrado solo los 654 euros del SMI. Y es que el magistrado se refiere el daño que para los trabajadores puede haber causado en la “atención de sus necesidades primarias” la “súbita, inesperada e injustificada reducción salarial” para la que no existe “causa objetiva como podría ser una causa técnica, económica, organizativa o de producción”. El juez también se refiere a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que si bien justifica la reducción de las comisiones que recibían unos trabajadores para ganar competitividad, alerta de que para evitar “dumping social […] no pueden ser admisibles en cualesquiera términos”.


Los empleados llevan tiempo alertando de que la empresa ganó el concurso de Telefónica porque “reventó” la selección con una oferta muy baja. “Desde entonces, hemos sufrido la discriminación de la empresa que no nos facilitaba herramientas y ha querido trasladar trabajadores a Bolívia, Perú o a trabajar en tareas de mantenimiento en la prisión de Ceuta”, afirmaba la víspera del juicio, el 19 de febrero, Josep Alpuente, representante del comité de empresa.