NOTA
de la Sección Sindical de CCOO
de DOMINION NETWORK
Queremos
reflexionar sobre la resolución – a principio de junio- de la
empresa, en cuanto al traslado del puesto de trabajo de Ioan Ciuls.
En
primer lugar debemos decir que hemos esperado un tiempo prudencial,
debido fundamentalmente, para permitir que nuestro Representante
Sindical, pudiese realizar las gestiones que considerase oportunas.
En
principio éstas gestiones no han dado resultado alguno, aunque
seguramente no estén acabadas las mismas.
Sin
perjuicio de ésto último, decimos lo siguiente:
La
empresa recurre a una de sus potestades -en teoría- que refiere a la
modificación del puesto de trabajo de un trabajador; hasta aquí nos
guste o no, sería ésto parte de un conjunto de normas que la ley
les permite. Para hacerlo debe expresar con toda claridad los
motivos, no cualquiera vale.
Por
otra parte la misma normativa establece una serie de requisitos que
amparan al trabajador. Es evidente que, pongamos un ejemplo, un
“mando” cualquiera de cualquier empresa, decide emprenderla
contra uno de ellos, sea porque no le gusta su cara, su color, su
actividad sindical, sus opiniones, etc, etc, la ley ésto NO lo
permite. Es en parte una cierta GARANTÍA, contra
cualquier acto DISCRIMINATORIO contra ese trabajador o a un
conjunto de ellos. Incluso, ya en otras normativas, la ley castiga la
persecución o el acoso cuando éste ocurre.
Ciertas
empresas, empresarios o mandos, cuando quieren emprenderla contra un
trabajador, utilizan las normativas legales para ocultar, sus
verdaderos motivos. Miles de casos a lo largo de la historia de la
relaciones laborales, dan fe de ello, sobretodo cuando pasan dichos
casos, a la órbita judicial.
Estamos
absolutamente convencidos que estamos frente a una clara actitud
DISCRIMINATORIA contra el trabajador Ioan Ciuls.
Nos
gustaría expresar todos los elementos que a nuestro juicio,
fundamenta nuestro convencimiento. Pero éstos los volcaremos una vez
transcurrido el juicio en primera instancia, al que el trabajador a
recurrido, al amparo de sus derechos como tal.
Lo
haremos después porque seremos parte, como testigos, de la DEFENSA
del compañero.
Contamos
con ciertos elementos, que sólo los volcaremos en esa instancia y
luego sí los haremos públicos a modo de reflexión.
Independientemente
de ello, llamamos a la empresa a que reconsidere la situación
laboral del trabajador I.Ciuls. La empresa ha dado muestras
-sobretodo cuando sancionó a un grupo de trabajadores por supuestas
violaciones en Seguridad y Prevención- que es capaz de rever sus
resoluciones y dejarlas sin efecto.
UN
SALUDO.
Por
la Sección Sindical de CCOO
Eduardo
Suárez / Paco Merino
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