jueves, 7 de enero de 2021

CONSTITUCIÓN SECCIÓN SINDICAL en ELECNOR GIRONA


 Hace unas semanas atrás, los afiliados de CCOO en la empresa ELECNOR, constituimos la SECCIÓN SINDICAL en el Centro de Trabajo en nuestra provincia. Entendimos que dado la gran cantidad de AFILIADOS, luego de la subrogación de los compañeros de DOMINION-COMFICA, ameritaba dar este paso para desarrollar el objetivo principal, que es la DEFENSA de los trabajadores afiliados a CCOO.

Hace más de cuatro años que se conformó la SECCIÓN SINDICAL, pero de Intercentros, que incluye a todos los trabajadores en Catalunya, tanto del Sector Telecomunicaciones, como del Sector Eléctrico.

La afiliación actual en Girona representa que somos el Centro con más afiliación de toda Catalunya (incluyendo a ambos Sectores) y el segundo tomado de forma porcentual.

Dada esta realidad, ésta nos impulsa a crear una Sección Sindical propia en nuestro Centro de Trabajo.

Por último, comentarles quienes integran el Secretariado de la Sección Sindical, al menos por los próximos cuatro años son:

Eduardo Suárez Casas - Secretario de la S. Sindical

Paco Gómez - Vocal

Luis Rojas - Vocal

Svetoslav Stoychev (Stoikov)- Vocal

Paco Merino - Vocal

Estamos en un proceso reorganizativo para maximizar las herramientas actuales y las de siempre, con el objetivo de mantener informados a todos los afiliados, como así también al conjunto de los trabajadores en la empresa.

 


miércoles, 23 de septiembre de 2020



El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso presentado por Cobra contra la sentencia del Juzgado de lo social nº 8 de Sevilla y por tanto confirmando su el fallo que dice:

“Que ESTIMANDO la demanda que en materia de CONFLICTO COLECTIVO ha interpuesto por el Delegado Sindical Y FEDERACIÓN DE COMISIONES OBRERAS DE INDUSTRIA, contra COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS S.A. debo reconocer el derecho de los trabajadores afectados a percibir dietas y medias dietas en las cuantías vigentes en cada momento,…, ..sin necesidad de justificación alguna, condenando a la  demandada a estar y pasar por dicha declaración.” 

Con lo cual una vez más, y siguiendo la línea de las sentencia de los TSJ de Barcelona, Tenerife y Valencia, se confirma que lo preponderante es lo regulado en convenio y por tanto no se puede obligar a los trabajadores a entregar justificante o facturas para percibir las dietas o medias dietas, ratificando con ello la doctrina del Tribunal Supremo en este sentido.

La empresa es perfectamente conocedora que gran parte de los trabajos se hacen en emplazamientos distantes y prácticamente la mayoría se lleva la comida preparada,  o simplemente por cuestiones de dietas por motivos de salud, por lo que la exigencia de los tickets no venía a ser otra cosa que dejar de abonarlos contraviniendo lo estipulado en convenio.

Una vez más,  extendemos nuestra enhorabuena a los compañeros del centro de trabajo de Sevilla, y a la federación de Industria de CCOO por haber dado los pasos necesarios para que finalmente se hiciera justicia, y se les abone las dietas reguladas en el convenio sin tener que entregar ticket.


DESPLAZAMIENTO= Tiempo EFECTIVO de TRABAJO!!

 


miércoles, 25 de abril de 2018

 POR UN CONVENIO del METAL, los TRABAJADORES de contratas y subcontras del Sector Telefonía-Telecomunicaciones, VAMOS al 1º de MAYO !! 


sábado, 21 de abril de 2018

6 de ABRIL: Constitución de la INTERSINDICAL ESTATAL de CCOO y UGT del SECTOR TELEFONÍA y TELECOMUNICACIONES.


10 de ABRIL: Coordinadora del Sector TELEFONÍA-TELECOMUNICACIONES de CATALUNYA.